REPRESENTACIÓN ANTE AUTORIDADES
Derecho Fiscal
SOLICITUD DE PRESCRIPCIÓN O CADUCIDAD DE ACTOS DE AUTORIDADES FISCALES
Nuestra firma desde hace más de XXX años asesora y pone en práctica la figura jurídica de prescripción y caducidad en materia fiscal, a través de una declaratoria en donde se expone y fundamenta a la autoridad fiscalizadora, la extinción de las obligaciones tributarias por la omisión por parte de esta para exigir el pago en los términos establecidos por la ley; o la extinción de facultades de la autoridad hacendaria para determinar créditos fiscales, según sea el caso.
Ambos términos suelen ser confundidos por el contribuyente, sin embargo, su distinción parte de lo establecido en las disposiciones fiscales correspondientes. Por lo que hace la prescripción, establecida en artículo 146 del Código Fiscal de la Federación, es la extinción del derecho de cobro del crédito fiscal por el transcurso de un tiempo determinado, siendo en materia tributaria el de 5 años, a partir de la fecha en que el crédito fiscal o cumplimiento de la obligación pudieron ser legalmente exigidos; mientras que la caducidad, en términos del artículo 67 del referido Código, es la extinción de las facultades de comprobación de la autoridad hacendaria para determinar créditos fiscales.